OPINIÓN: Lo que te pierdes si sólo lees los titulares

Sólo nos quedamos con los titulares, sólo oímos el resumen de las noticias en la radio… ocurre a veces en los comentarios que recibimos a nuestras noticias, ¿es que no se ha leído entero el artículo? Al final, tanta información sesgada puede ser la culpable de que en muchas esquinas, en bares y supermercados, las animadas discusiones entre vecinos y amigos tengan como base la confusión y la mezcla de datos. ¿Y si no, qué pensarían, por ejemplo, de un titular que dice: “Me siento como Cristiano Ronaldo”? Parece un grito de orgullo exaltado, pero ¿quieren saber más?
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viernes, 11 de febrero de 2011

¿Quieres trabajar de juez de paz en Santa Elena?

Hay una vacante para trabajar de “juez de paz” en Santa Elena durante los próximos cuatro años. Sólo tienes 14 días hábiles para presentar tu candidatura, esto es, una petición concreta, con diversos datos, que hay que remitir a la Alcaldía de Santa Elena. Será, posteriormente, el Pleno del Ayuntamiento del municipio el encargado de elegir a las personas para ser nombradas más tarde por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
Pero, ¿qué es un juez de paz? Es la persona que representa a la Administración de Justicia en municipios donde no hay Juzgado de Paz y es habitual que sea un vecino del municipio, un conocido del pueblo, incluso tú si cumples los requisitos que la ley exige. Ahí van: debe ser mayor de edad, no tener causa de incapacidad o de incompatibilidad para desempeñar funciones judiciales, aunque puede tener su propia actividad profesional o mercantil. Echa un vistazo a este enlace.

Para más información en cuanto a requisitos, duración del cargo, sueldo, tendrás que hablar con la Secretaría del Ayuntamiento de Santa Elena, no hemos conseguido contactar a tiempo con el Consistorio. Pincha aquí para ir a su web En concreto, los cargos que se ofrecen son dos: titular y sustituto.

Una vez sea elegido por el Pleno del Ayuntamiento, será nombrado Juez de Paz por el Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma, por un periodo de cuatro años.

Os advertimos de que en caso de no se presenten solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido, a la persona.

Las funciones se resumen en tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de faltas por hechos de pequeña gravedad -insultos, vejaciones, coacciones- que hayan ocurrido en su pueblo. Lo mismo, si se reclaman cantidades menores de noventa con quince euros. También debe atender el Registro Civil, lo que hará que celebre bodas, inscriba nacimientos, y otros hechos de esta materia.

De todas formas, en este enlace tienes el reglamento completo con toda la información, su forma de nombramiento, sus deberes, sus derechos. 

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